Nuevo Código Procesal Penal entra en vigencia en Arequipa y permitirá sentencias en tiempo breve

A siete días de la entrada en vigencia del Código Procesal Penal, en Arequipa, se escenificó la muerte del expediente judicial al considerar que el nuevo instrumento jurídico permitirá la obtención de sentencias en un plazo breve.

Aunque muchos lo desconocen, este primero de octubre, se instala el nuevo Código Procesal Penal, un sistema que reemplazará las tediosas etapas del proceso judicial para hacerlo más rápido y efectivo. En la plaza España, se realizó una simulación de la muerte del expediente.

Celis Mendoza, Juzgado Penal Colegiado NCPP, dijo que el sistema es efectivo se esperará lo mismo del personal. La flexibilidad y celeridad serán los principales beneficios del Código Procesal Penal. Los jueces solo juzgarán, investigación la hará el Ministerio Público.

1 comentario

  1. El nuevo Còdigo Procesal Penal permitira tener sentencias en un tiempo mucho mas breve, pero eso no es lo prioritario,no especulemos triunfalistamente, porque ahora el ejercicio de la acción penal frente a la comisión de un delito es pública y corresponde al Ministerio Público, pero puede de oficio o a pedido del imputado y con su consentimiento, abstenerse de ejercitar la acción penal por ser parte de sus atribuciones; en algunos casos y bajo determinados criterios (Inciso 5º) requerirá la aprobación del Juez de la investigación Preparatoria. El Fiscal también se encuentra autorizado por la nueva norma procesal penal (Inciso 6º) para proceder a un acuerdo reparatorio entre las partes, en los casos de delitos culposos y algunos otros delitos previstos en la Ley; y puede también solicitar ante el órgano jurisdiccional el sobreseimiento de la causa, bajo determinadas condiciones, siempre que existan algunos elementos probatorios de la realidad del delito y se encuentre acreditada la vinculación con el imputado, quien debe prestar su consentimiento para la aplicación del citado principio. A decir de lo anteriormente señalado debe entenderse que en la actualidad la tradicional afirmación en torno a la Obligatoriedad de la acción penal, es decir la imposibilidad de negociación para las partes sobre la persecución de los hechos delictivos, ya no puede ser afirmada de manera exclusiva. Hoy en día, si es posible que el autor de un delito, nunca llegue a la etapa de ser juzgado, mucho menos condenado, como era lo habitual con el sistema inquisitivo.Es decir podrìa ser gracias al nuevo modelo procesal penal que quien comete un delito, nunca llegue a ser juzgado menos condenados ¿No lo saben acaso esto los abogados, los fiscales y los jueces en Arequipa? ¿eso no se llama impunidad? El Còdigo lo llama “principio de oportunidad” y es totalmente legal con la nueva ley.


Escribe un comentario

Gracias por comentar esta nota. Antes de hacerlo considera lo siguiente:
Los comentarios deben estar relacionados con el tema de esta entrada. No se permitirán insultos ni agravios personales. Los comentarios fuera del tema, ofensivos o spam serán eliminados. La publicación de los comentarios se realiza de manera automática.